- Que se va a iniciar la actividad y, en su caso, la obra anteriormente indicada.
- Que la actuación es compatible urbanísticamente, respetando las determinaciones de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Castro-Urdiales y, en su caso, del planeamiento específico y/o de desarrollo de aplicación.
- Que cumple con la normativa sectorial de aplicación.
- Que la actividad cumple con todos los requisitos establecidos en la normativa vigente en materia ambiental para su ejercicio, lo que se justifica con la documentación técnica aportada, comprometiéndose a mantener su cumplimiento durante el desarrollo de la actividad y a presentar la documentación que se requiera por el Ayuntamiento, así como a adaptarse a las modificaciones legales que pudieran producirse.
- Que la actividad cumple con lo establecido en la Ordenanza municipal de protección del medioambiente frente a ruidos y vibraciones.
- Que no tiene impacto en el patrimonio histórico-artístico ni en el uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público, salvo que se haya obtenido y disponga previamente de la correspondiente autorización o concesión.
- Que, por razón de la actividad a desarrollar y de su incidencia ambiental, no es susceptible de tramitar licencia sujeta al procedimiento de comprobación ambiental sino al régimen de la Declaración Responsable Ambiental, al venir así establecido en el Anexo C de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado.
- Que las obras a realizar, en su caso, no requieren de la redacción de un proyecto técnico conforme al artículo 2.2 de la Ley de Ordenación de la Edificación.
- Que ha obtenido las autorizaciones previas o informes preceptivos de otras Administraciones Públicas exigidas por la normativa sectorial para la realización de la actuación pretendida.
- Que se encuentra en posesión de la póliza de responsabilidad civil vigente u otro seguro equivalente y al corriente de pago, cuando lo exija la normativa sectorial aplicable.
- Que es conocedor de que la inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la declaración responsable; la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable con la documentación requerida, en su caso, para acreditar el cumplimiento de lo declarado; la inobservancia de los requisitos impuestos por la normativa aplicable; o el incumplimiento de los requisitos necesarios para el uso previsto, determinarán la imposibilidad de continuar con la actuación declarada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.
- Que es conocedor de que, en caso de que llevar a cabo actuaciones que exceden de las aquí declaradas, se considerarán como actuaciones sin licencia a todos los efectos, resultando de aplicación el mismo régimen de protección de la legalidad y sancionador que a las obras y usos sin licencia.
- Que, conforme dispone el artículo 34bis.4 de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado, no iniciará la actividad y, en su caso, la obra, hasta que no transcurra el plazo de un mes desde la presentación de la presente declaración responsable, excepto que se comunique la conformidad por parte del Ayuntamiento antes de que finalice dicho plazo.
Y para que así conste, a los efectos de iniciar las actuaciones manifestadas más arriba, la persona declarante y el técnico responsable expiden bajo su responsabilidad la siguiente declaración.